REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE
DE CONVIVENCIA ESCOLAR
AÑO LECTIVO 2020
DE CONVIVENCIA ESCOLAR
AÑO LECTIVO 2020
CAPÍTULO I.
CARÁCTER, CONFORMACIÓN Y DOMICILIO
ARTÍCULO 1.- El Equipo de
convivencia escolar Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y
Alberto Uribe Urdaneta se rige con los principios en correspondencia con
los enunciados para el Sistema Nacional de Convivencia Escolar: participación,
corresponsabilidad, autonomía, diversidad e integralidad.
ARTÍCULO 2.- El Equipo convivencia escolar está integrado
por:
- El rector del establecimiento
educativo, quien preside el comité
- El personero estudiantil
- El docente con función de
orientación
- El coordinador cuando exista
este cargo
- El presidente del consejo de
padres de familia
- El presidente del consejo de
estudiantes
- Un (1) docente que lidere
procesos o estrategias de convivencia escolar.
ARTÍCULO 3.- El lugar de reuniones será en un espacio
apropiado del Colegio Oficial Llano Verde Sede Llano Verde sede Nariño- Ubicado
en la dirección Cra 24 F#82-90 del Municipio de Santiago de Cali.
CAPÍTULO II
FUNCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA Y SUS INTEGRANTES.
ARTÍCULO 4.-
Funciones del Comité Convivencia Escolar.
·
Asistir puntualmente a todas las reuniones.
·
Diseñar y desarrollar planes de trabajo con el fin
de promover la sana convivencia para los colegios pertenecientes de las
Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y Alberto Uribe Urdaneta.
·
Hacer diagnostico de las necesidades educativas,
para hacer obligatoria temáticas que conlleven a mejorar el comportamiento de
los estudiantes y fortalecimiento la convivencia en los colegios.
·
Establecer los criterios de Convivencia para los
colegios pertenecientes de las Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y
Alberto Uribe Urdaneta.
·
Establecer los canales y mecanismos de comunicación
entre las comunidades educativa para la convivencia escolar de los colegios
pertenecientes de las Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y Alberto
Uribe Urdaneta.
·
Hacer evaluaciones periódicas de la convivencia
institucional, y planear el mejoramiento para los colegios pertenecientes de
las Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y Alberto Uribe Urdaneta.
·
Impulsar el desarrollo de un proceso de formación
ciudadana que fortalezca el tejido social de la comunidad municipal y la
construcción de una sociedad con valores de Convivencia y Paz a través de los
colegios pertenecientes de las Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y
Alberto Uribe Urdaneta.
·
Promover el diálogo, los acuerdos o pactos de
convivencia para la solución de los conflictos al interior de los colegios
pertenecientes de las Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y Alberto
Uribe Urdaneta.
Se consideran las siguientes funciones que deben ir en concordancia con
las anteriormente mencionadas, a saber:
·
El Comité de Convivencia Escolar de los colegios
pertenecientes de las Fundaciones Educativas Santa Isabel de Hungría y Alberto Uribe
Urdaneta deberá elaborar un acta de cada reunión, la cual
contiene como mínimo lo siguiente:
ü
Lugar, fecha y hora en la cual se efectúo la
reunión.
ü
Registro de los miembros del Equipo que asistieron
a la sesión, precisando en cada caso la institución o el cargo que representan
y verificación del quórum.
ü
Registro de los integrantes del equipo que
presentaron excusa debidamente justificada para no asistir a la sesión.
ü
Indicación de los medios utilizados para comunicar
la citación a los integrantes del equipo
ü
Síntesis de los temas tratados en la reunión, así
como de las acciones, medidas, recomendaciones, conceptos adoptados.
ü
Firma del Comité y del Secretario Técnico, una vez
haya sido aprobada por los asistentes.
ARTÍCULO 5. Son funciones de los miembros del Comité de Convivencia
Escolar:
ü
Asistir puntualmente a todas las reuniones.
ü
Presentar considerar las iniciativas de la
Comunidad Educativa que redunden en la práctica de la participación democrática
en la vida escolar.
ü
Presentar las sugerencias de los estamentos de la
comunidad educativa.
ü
Mantener informados a sus representados.
CAPITULO II
Deberes, Derechos y Prohibiciones
Artículo 6. Son deberes de los integrantes del Comité de Convivencia
Escolar:
ü
Asistir puntualmente a todas las reuniones.
ü
Guardar discreción y prudencia sobre los asuntos
que trate o estudie el Comité.
ü
Participar activamente en las reuniones y en las
comisiones que le asigne comité de Convivencia.
ü
Dar trato respetuoso a los integrantes del Comité
de Convivencia Escolar.
ü
Informar veraz, objetiva y oportunamente a sus
representados sobre los asuntos tratados por el Comité de Convivencia.
ARTÍCULO 10. Son derechos de los miembros del Comité de convivencia escolar:
ü Presentar iniciativas y sugerencias para asesorar en la toma de
decisiones y para lograr la práctica de la participación en la vida escolar.
ü Recibir trato cortés y participar en igualdad de condiciones con los
demás miembros del Comité de convivencia escolar
ü Participar en todas las deliberaciones con voz y voto.
ARTÍCULO 11. Prohibiciones
a los miembros del comité. Se establecen las siguientes prohibiciones.
ü Revelar información sobre temas tratados en el Comité de convivencia
escolar sin la debida autorización del comité.
ü Distorsionar las decisiones tomadas en el Comité de convivencia
escolar.
ü Entorpecer sistemáticamente la buena marcha de las deliberaciones y/o
de las actividades del Comité de convivencia escolar.
ü Disociar las relaciones entre los integrantes del comité.
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